Interés Legal del Dinero para 2015

La Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 (BOE 30/12), en su Disposición Adicional Trigésimo Segunda establece el interés legal del dinero para el ejercicio 2015 en el 3,50%.

El interés de la mora procesal (Art. 576 LEC) queda establecido en un 5,50% 

Respecto el interés de demora que aplicará la Administración Tributaria durante el ejercicio 2015, se establece en un 4,375%. 

Texto de la D.A.Trigésima segunda. Interés legal del dinero. Uno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 3,50 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2015. 

Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere al artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será del 4,375 por ciento. 

Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere el artículo 38.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, será el 4,375 por ciento. 

Ley medidas contra la Morosidad (Resolución 30/12/2014-BOE 31/12). 

Interés de demora aplicable a operaciones comerciales en el primer semestre 2015: 8,05%.